Staff
Intersecciones Psi
Revista Electrónica de la
Facultad de Psicología de la UBA
Año 8 – Número 26
Marzo de 2018
Secretario de Extensión, Cultura y Bienestar Universitario
Pablo Muñoz
Director general
Jorge A. Biglieri
Director editorial
Gabriel E. Guralnik
Jefe de Redacción
Alejandro Polledo
Diseño
Agustina Espector
Diagramación
Alejandro Zeitlin
Sergio Scotto
Colaboran en este número:
Diana Algaze
Natalia Argento
Fedra Freijo Becchero
Nicolas Bousoño
Martin Etchevers
Sheila Daiana Giusti
Natalia Helmich
Maria Izcurdia
Maria Yanina Mazzoni
Fabián Naparstek
Stella Maris Puhl
Gabriela Rita Oteyza
Andrea Pirroni
Lucìa Rossi
María Sol Santoro
Fabián Schejtman
Milagros Scokin
Floreal Tasat
¿Qué es la Reforma Universitaria? Sus tres pilares, autonomía cogobierno y gobierno tripartito conforman nuestro paisaje discursivo e institucional que habitan nuestra cotidianeidad presente.
Indaguemos lo obvio.
Autonomía
Auto-nomos. Entidad que se maneja en forma independiente, por sí. Opuesto a dependencia.
Antes de la Reforma
El Consejo de Notables constituido por personajes eminentes, “auctoritas académicas”, no electivo, no renovable dirige la Universidad. Elevan las ternas de candidatos profesores a la consideración del Poder ejecutivo -el Presidente de la Nación- o en épocas de dictaduras al Ministerio de Educación.
Después de la Reforma:
Cambia la edad y la constitución del Consejo de Notables al Consejo Directivo. Los actores de la Universidad eligen representantes
Gobierno tripartito o cogobierno:
Representantes de Estudiantes, Graduados y Profesores son electos. Esto asegura periodicidad de funciones y renovación.
Los representantes conforman los Consejos Directivos: eligen autoridades y fijan políticas universitarias y académicas.
La Universidad, se gobierna a sí misma.
Tiene un gobierno democrático y autónomo.
Los Profesores acceden a sus cargos por Concursos de Antecedentes y Oposición
A esto se llama Co-gobierno
Antes:
El Consejo de Notables ni es elegido, ni es renovable, ni representa a profesores graduados y estudiantes, ya que por edad son referentes académicos fuera de la enseñanza (lo que hoy sería la Academia de ciencias Decide sin consulta y remite el poder ejecutivo
Después:
La comunidad universitaria elige a sus autoridades
¿Cuándo tiene vigencia la Reforma? Cuando rige su Estatuto Universitario a pleno. En Períodos de democracia cuando hay funcionamiento institucional pleno. Del 18 al 30 – 46 al 55 – del 58 al 66; 73-75; 83 4 en adelantes
¿Cuándo no rige? Gobiernos militares. Golpes de estado.
En el 30: se congelan concursos, se apartan a los profesores Reformistas.
En el 43. Se aceptan deliberadamente las renuncias masivas de profesores- y se reemplazan por profesores no concursados, afines al gobierno nacionalista.
¿Cuándo rige parcialmente? en períodos de democracia restringida o de transición
Indicadores de Estatuto Universitario: renovaciones concursales. Concursos del 20´, del 47´; de 58 y del 73.
Aspectos de mayor fragilidad: déficits en la representación de graduados y estudiantes en la composición de los consejos directivos; y el ingreso del Ministerio de Educación. En el 30 en el 43, en el 55 y en el 67 y el proceso militar.
Lucía Rossi.