RECONSTRUIR DESDE EL ARTE

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Introducción:

Durante las rotaciones por distintas instituciones se han presenciado diversos talleres artísticos que formaban parte de las actividades propuestas a quienes se atendían allí. Las actividades se basaban en realizaciones teatrales, talleres literarios y espacios de dibujo con diferentes temáticas.

Se presentan a continuación los siguientes recortes de cuatro rotaciones que guiarán el desarrollo del presente trabajo:

- Durante el primer encuentro del espacio de teatro, la profesora del taller propone el siguiente ejercicio: un compañero se acuesta sobre un papel madera. El otro traza su silueta en el papel. Luego el primero escribe dentro de la silueta fechas y frases vinculadas con siete eventos de su vida (la primera vez que lloró, la última vez que lo hizo, la primera vez que se enamoró, el dolor corporal más fuerte que sintió, la mayor tristeza que sintió, etc.) en la parte del cuerpo que desee colocarlas. El segundo compañero deberá armar una historia que incluya las partes del cuerpo escritas, las frases y los números.

- En la segunda rotación por el taller se propone construir una obra de teatro a partir de una frase dictada por la profesora. La frase elegida es "vendí mi alma al diablo por una noche en tu infierno". A lo largo de la escenificación se debate acerca de lo que cada integrante entiende por infierno, si se trata de algo doloroso pero soportable o ("al estilo de la Divina Comedia", dice la profesora) se trata de una tortura infinita.

- Durante un taller de dibujo en otra institución se propone el siguiente ejercicio: los participantes deben dibujar un vínculo según la tarjeta que les sea asignada. Este dibujo debe ser abstracto, es decir que puede contener colores y formas, pero no figuras reconocibles, poniendo énfasis en que lo dibujado debe expresar el vínculo y no la persona particular en cuestión (las tarjetas contienen vínculos posibles como vecino/a, madre, abuelo/a, padre, hermano/a, amigo/a, compañero/a de trabajo, etc.).

- Los días miércoles, en una de las clínicas, se realiza un ejercicio en el cual se reúnen aquellas personas que tienen interés en asistir, a las que se le propone lo siguiente: cada uno realiza una pregunta que le resulte importante acerca de su vida, elige un número, y la respuesta le es dada por el poema que lleva ese número, del libro Poesía vertical de Roberto Juarroz.

En un primer momento se presenta el interrogante acerca de la presencia de estos talleres en espacios de trabajo con consumos problemáticos. ¿Tendría el arte algo para aportar a estos tratamientos? ¿Qué particularidad tendría el arte como herramienta de trabajo, para aparecer de manera tan variada en distintas instituciones?

A partir de la discusión con la Ley Nacional de Estupefacientes N°23.737 presentada en el tercer apartado, se tratará de indagar acerca de la relación entre el arte y la restitución de derechos. Este análisis, en conjunto con los interrogantes precedentes, permitirá elaborar una aproximación a la siguiente pregunta: ¿Qué concepción ética y política del sujeto y del tratamiento de consumos problemáticos podrían sustentarse en trabajos artísticos?

Por último se tratará de vincular lo desarrollado con los aportes de la Ley Nacional de Salud Mental N°26.657 para poder fundamentar esta práctica dentro del marco legal que esta ley establece.

La identidad del toxicómano: en contra de la palabra y del futuro

Para aproximarse a las herramientas que aporta el arte en las instituciones trabajadas, primero debe abordarse la particularidad que implica el trabajo con consumos problemáticos. La singularidad de los sujetos que asisten a estos dispositivos se entrama con las particularidades propias de la relación que genera el consumo entre el sujeto y la sustancia.

Guiddens (1992) sostiene que la adicción, en la modernidad tardía, resulta en una "incapacidad de colonizar el futuro y, en cuanto tal, realiza una transgresión de las primeras preocupaciones con las que deben lidiar reflexivamente los individuos". Continúa en su texto diciendo que "cada adicción es una reacción defensiva, y una vía de escape, un reconocimiento de falsa autonomía que arroja una sombra sobre la competencia del yo". Puede seguirse de aquí la dimensión alienante que implica la relación con la sustancia, sujetando al sujeto a una defensa estereotipada que lo desliga de la capacidad de proyectar a futuro, centrándose en un placer inmediato.

Al respecto puede agregarse a través del texto Una experiencia vacía de Mauricio Tarrab (2000) que "'la operación toxicómana' procede por un rechazo del Otro. No es de ninguna manera un mensaje dirigido al Otro". Es decir que la alienación resultante de la relación con la sustancia es, al menos, doble: respecto del futuro, y respecto de la palabra (agrega en su texto Tarrab: "la intoxicación requiere no hablar").

El problema principal que esta particularidad plantea para un dispositivo clínico (o al menos a un dispositivo que trabaje desde una perspectiva psicoanalítica) es que tanto el futuro como la palabra resultan, en análisis, productores de posibilidad de que emerja algo desconocido por el sujeto, es decir, algo inconsciente. La incertidumbre que depara el porvenir, y la posibilidad de que acontezca un equívoco operan como generadores de des-conocimiento para el sujeto. Sin embargo, estas posibilidades se encontrarían obturadas en estos espacios.

A estos impasses clínicos se suma el carácter de la fijeza identitaria que implica el asumirse "toxicómano", pudiendo ubicar así una tercera alienación: la imposibilidad de devenir otro. Escribe Kameniecki (2014): "hay aquí [en los monosíntomas[ una función social del síntoma que se sostiene por lo idéntico, en una intersección entre lo social y la salud. Esta modalidad de agrupamiento deja de lado lo particular del sujeto, que más bien anula mediante la asociación en un vínculo con iguales". El sujeto afirma rápidamente que sabe quién es, anulando la aparición de una pregunta por el ser que permita modos de reinventarse en el transcurso del tratamiento y de su vida en general. El carácter de certeza acerca de su identidad imposibilita la conmoción propia del efecto analítico, que trae al análisis de algún modo la multiplicidad o polifonía de identidades que hablan en el analizante y constituyen al discurso del inconsciente.

La posibilidad de (re)crear: el arte como ejercicio de deshabituación

Lo que podría resultar un obstáculo, resulta en realidad una invitación a la creatividad. Aquello que no puede simbolizarse (es decir, expresarse a través de la palabra) no por eso no puede actuarse. El arte puede proporcionar el recurso que hace trabajar, a través de los sentidos y los afectos, aquello que el dispositivo analítico intenta producir por vía del discurso. Escribe Rolnik (2006): "La singularidad del arte como modo de expresión y, por ende, de producción de lenguaje y pensamiento, es la invención de posibles los cuales adquieren cuerpo y se presentan en vivo en la obra". 

Los recortes presentados en la introducción del trabajo dan cuenta de diversas experiencias en que se propone conmover fijezas en los sujetos: Los ejercicios teatrales mencionados invitan a exponer al cuerpo a un ejercicio de desarticulación en el que el esquema corporal debe reinventarse a través de los relatos y saberes de los otros. Simultáneamente, estos ejercicios plantean la posibilidad de ejercer efectos sobre un cuerpo a través de la construcción de narrativas.

Por su parte, el taller de dibujo exige de los integrantes ensayar una producción despersonalizada, resaltando afectos que no se vean capturados por figuras reconocibles. Se trata de un ejercicio que pone en juego la capacidad de representación de los afectos y su reconocimiento a través de diversas tonalidades de colores y figuras. El uso de la pintura puede usarse como suplemento allí donde la palabra abdica: permite expresar, en acto y sin premeditación, sentimientos y sensaciones, y elaborar las percepciones de diversos vínculos personales.

Por último, el ejercicio literario invita al sujeto a depositar su confianza en lo venidero a través de la promesa de que una respuesta a su pregunta le será dada por un poema elegido al azar. Este compromiso de carácter lúdico implica poner en suspenso lo ya sabido para estar disponible a aquello que pueda suceder, confiando en una respuesta casi "mágica" propinada por la casualidad de abrir el libro en una página y no en otra. La poesía invita, en esta experiencia, a ensayar la formulación de preguntas y a incorporar un discurso ajeno y ponerlo en relación con el propio.

En su libro Deliberar las psicosis (2013), Percia ensaya diversas formulaciones de aquello que llama deshabituación, que propone pensar como efecto de las intervenciones estéticas. Entre ellas pueden mencionarse la deshabituación como acción que "pone a la vista la fragilidad de las constancias perceptivas", como "salida de lo previsible", "desencadenamiento de una inquietud, una confusión, un desconcierto", "obstáculo que impide que se consuma un único destino". Estas experiencias proponen pensar al arte como herramienta de deshabituación que responda a las tres alienaciones mencionadas en el apartado anterior, permitiendo una alternativa allí donde, por vía de la palabra, el camino resulta cerrado.

Fuera de la represión

La Ley Nacional de Estupefacientes Nº 23.737 (1989) contiene diversos artículos en los que se describe la penalización de la tenencia y el consumo de sustancias. Sin embargo, para los fines del presente trabajo, resulta importante remarcar los artículos en los que se menciona el tratamiento de los sujetos penalizados, y las concepciones del tratamiento que se desprenden de ellos. En el Artículo 16 se lee: "Cuando el condenado por cualquier delito dependiere física o psíquicamente de estupefacientes, el juez impondrá, además de la pena, una medida de seguridad curativa que consistirá en un tratamiento de desintoxicación y rehabilitación […]". Luego en el Artículo 17: "[…] si en el juicio se acreditase que la tenencia es para uso personal, declarada la culpabilidad del autor y que el mismo depende física o psíquicamente de estupefacientes, el juez podrá dejar en suspenso la aplicación de la pena y someterlo a una medida de seguridad curativa por el tiempo necesario para su desintoxicación y rehabilitación".

Ambos artículos hacen referencia a "medidas de seguridad curativa" impuestas al sujeto junto con o en lugar de una penalización. De esta forma se deduce que la "rehabilitación" queda ligada a una intromisión represiva de parte de la justicia. La disyuntiva entre la cárcel/multa o la rehabilitación, ubican a la persona frente a dos medidas que lo convocan como sujeto pasivo y criminalizado y cualquier medida terapéutica queda de esta forma asociada a una medida penal.

Los artículos mencionados corren el peligro (entre otros) de reforzar la identidad de "adicto"[1], agregándole además la etiqueta de "criminal". ¿Cómo se funda una medida terapéutica sobre la base de que quien llega es adicto y criminal? La misma derivación por parte de la justicia se contradice con la potencia que reside en el acto analítico: conmover certezas.

La intervención judicial, con sus múltiples penalizaciones hacia el consumidor, remite a una concepción de Estado tutelar, en el que se considera al sujeto como incapaz de garantizar un modo de atención saludable, e ignorante respecto a los peligros que conlleva el consumo. Sin duda, no pueden desprenderse de esta ley las preguntas acerca de los saberes del sujeto respecto de sus consumos, las razones por las que consume, los modos en que consume, y, aún más importante, la decisión del sujeto de consumir.

Retomando la idea desarrollada de la triple alienación del consumo problemático: ¿Qué puertas quedan para introducir la palabra, en un tratamiento terapéutico, cuando el sujeto ingresa como "sentenciado" y no como analizante? ¿Qué incertidumbre puede generarse respecto del futuro, si la sentencia establece plazos definidos de atención y la amenaza de cumplir una pena en caso de desviarse de lo establecido? ¿Cómo se puede proponer cuestionar la identidad, si la puerta de ingreso a terapia es vía la suposición de que el sujeto es un criminal?

Contrario a este modelo tutelar que parte de la represión del consumo, centrada en la demonización de la sustancia y la criminalización del consumidor, se propone en el presente escrito pensar el trabajo con consumos problemáticos desde una perspectiva de derechos.

Suponer en primer lugar que quien consume es un sujeto de derechos implica partir de un acercamiento que pregunte por el entramado social en que vive, y por lo tanto de una perspectiva compleja centrada en la vulnerabilidad. Zaldúa (2011) propone que "reconceptualizar vulnerabilidad como categoría construida y constructora es un desafío que nos lleva a pensar otras praxis en salud, preventivas y terapéuticas, con un sentido más dinámico, sin pasivizar a los actores afectados y resignificando esas tensiones y conflictos de las subjetividades en los contextos sociohistóricos".

A partir de lo expuesto, se propone pensar al arte como herramienta de trabajo fundada en la restitución de derechos: retomando lo desarrollado en el apartado anterior, las prácticas artísticas implican recobrar la posición de sujeto activo con el objetivo de fortalecer los proyectos de vida y restituir los lazos comunitarios.

Los diversos talleres mencionados en los recortes posibilitan al sujeto inventar modos de proyectar una realidad distinta a la actual, enmarcada en una relación con otros. En el Manifiesto Basura del Frente de Artistas del Borda (2016), escriben acerca de los talleres de danza que realizan:

 

"Aquí los cuerpos se mueven, y a través de ese movimiento se transforman. El cuerpo piensa, siente, vivencia y se emociona en un viaje rumbo a la introspección acompañado del desarrollo de las potencialidades creadoras latentes que conviven en cada individuo y que son compartidas con otro, creando así un diálogo corporal donde se van gestando historias que merecen ser contadas".

 

La re-elaboración del pasado y el re-armado de lazos comunitarios consiste en un dispositivo centrado en la potencialidad del sujeto, y no en su condena; una modalidad de trabajo incompatible con los presupuestos implícitos en la Ley 23.737.

 

Conclusiones: los vínculos entre el arte y la Ley Nacional de Salud Mental

En el artículo 3 de la ley 26.657 (2013) "se reconoce a la salud mental como un proceso de­terminado por componentes históricos, socio-eco­nómicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona". El mismo artículo determina que "se debe partir de la presunción de capaci­dad de todas las personas".

Este artículo junto con varios ejemplos de los derechos establecidos en el artículo 7 ("Derecho a conocer y preservar su iden­tidad, sus grupos de pertenencia, su genealogía y su historia", "Derecho a recibir tratamiento y a ser tra­tado con la alternativa terapéutica más conveniente, que menos restrinja sus derechos y libertades, promo­viendo la integración familiar, laboral y comunitaria", "Derecho a no ser identificado ni discrimi­nado por un padecimiento mental actual o pasado.", etc.), permite sustentar la práctica artística como herramienta de restitución de derechos.

Se comprende por lo tanto a la actividad artística como una herramienta clave en el trabajo con consumos problemáticos por las diversas particularidades que este campo presenta: desde los rasgos alienantes que presenta para el sujeto, hasta los procesos de criminalización y vulnerabilidad por los que pasa, pasando por la fragmentación de los lazos comunitarios en los que está inmerso. La terapia se propone en estos casos, como eje principal, la recuperación de la capacidad de crear y, retomando a Deleuze y Guattari (2006), "crear no es comunicar, sino resistir". Se recupera para el sujeto el derecho a (re)crearse a través de sus vínculos, en un contexto socio-histórico que se presenta como hostil a las transformaciones y al armado de lazos comunitarios, y que fomenta modos de goce individuales producidos por lógicas mercantiles.

Las experiencias en el taller de teatro, dibujo y literatura de los recortes trabajados, dan cuenta de que es posible proponer salidas alternativas a las lógicas represoras que plantea la ley 23.737, fundándose en los derechos del sujeto en lugar de su criminalización.

Por último, se propone dejar dos preguntas abierta: ¿cómo pueden funcionar estos talleres dentro de instituciones que trabajen con lógicas abstencionistas, aisladoras del contexto del sujeto y sus vínculos? ¿Se podrá sostener el efecto creador del arte en una institución de estas características?

 

Bibliografía

Anónimo (2016). Manifiesto Basura: estallidos de un discurso desmanicomializador. Editorial Hekht, Buenos Aires.

Deleuze, G., & Guattari, F. (1991). ¿Qué es la filosofía? Editorial Anagrama, S. A. Buenos Aires.

Guiddens, A. (1992). La naturaleza de la adicción, en La transformación de la intimidad. Ed. Cátedra.

Kameniecki, M. (2014). Comentarios sobre los dispositivos grupales en los monosíntomas contemporáneos de acuerdo a las concepciones de M.Recalcati. Buenos Aires.

Ley de Estupefacientes Nº. 23.737, 1989.

Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657, 2013.

Percia, M. (2013). La estética como deshabituación, en Deliberar las psicosis. Editorial Lugar, Buenos Aires.

Rolnik, S. (2006). Geopolítica del chuleo. Publicado en EIPCI, http://eipcp.net/transversal/1106/rolnik/es

Tarrab, M. (2000). Una experiencia vacía, en Mas allá de las drogas, Bolivia, Plural editores.

Zaldúa, G. (2011). Vulnerabilidades, turbulencias y posibilidades, en Epistemes y prácticas de psicología preventiva.Editorial Universitaria de Buenos Aires, Buenos Aires.



[1] mencionada en el primer apartado respecto del concepto de monosíntoma.

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